COMPROMISO DE BUENAS PRÁCTICAS APÍCOLAS
Cada apicultor debe cumplir con las siguientes obligaciones:
Debe disponer del Registro de Explotación Apícola (REGA) en vigor.
Debe tener identificadas las colmenas con su número Código de Identificación.
Debe asegurar que estén colocadas las señales de “Precaución Abejas” en los lugares
oportunos, según la normativa.
Debe cuidar del mantenimiento de sus colmenas y del asentamiento. Los apiarios tendrán un máximo de 70 colmenas.
Debe realizar los tratamientos contra la varroa obligatorios.
Para poder hacer uso del ahumador, el apicultor debe solicitar los permisos necesarios
ante el ente correspondiente de cada comunidad autónoma.
En su caso, debe solicitar la correspondiente autorización al Ayuntamiento o a Parques
Nacionales o a la Consejería de Medio Ambiente correspondiente para poder transitar por pistas forestales
de acceso restringido (esto se hace una vez al año).
Debe retirar todo material suyo que no esté en uso (residuos, madera, etc.).
No debe dejar o abandonar en los asentamientos colmenas o enjambreras que no tengan
colonias vivas de abejas. Debe retirar de forma inmediata todas las colmenas o núcleos de enjambres que hayan muerto.
